2024/03/29 @ 8:41
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Competencia de los Tribunales de Dantzig (Resúmenes de los fallos, opiniones consultivas y providencias de la Corte Permanente de Justicia Internacional)

Dictamen de 3 de Marzo de 1928 (Serie B, núm. 15).

En virtud de un Convenio celebrado entre Polonia y la Ciudad Libre, los ferrocarriles de Dantzig habían sido transferidos a la Administración polaca, pero quedando entendido que las cuestiones relativas a los derechos y obligaciones del personal de Dantzig que pasaba al servicio de Polonia, se resolverían por medio de un Convenio entre Polonia y la Ciudad Libre, Convenio que se celebró el 22 de Octubre de 1921.

En 1927, el Alto Comisario de la Sociedad de las Naciones en Dantzig fue invitado a dictar una resolución con el fin de resolver cierta desavenencia que había surgido entre Polonia y la Ciudad Libre, como consecuencia de la negativa de Polonia a reconocer y a ejecutar determinadas sentencias, pronunciadas en 1925 por los Tribunales de Dantzig sobre reclamaciones pecuniarias contra el Estado polaco presentadas por los funcionarios de Dantzig que habían pasado al servicio de Polonia. Sostenía Polonia que, al declararse competentes para entender en dichas instancias, los Tribunales de Dantzig infringían un derecho convencional vigente.

El Alto Comisario, en su decisión, había reconocido la competencia de los Tribunales de la Ciudad libre, excepto en los casos en que las demandas interpuestas se basaran en el Convenio de 22 de Octubre de 1921. Contra esta parte de la decisión se alzó el Senado de la Ciudad libre ante el Consejo de la Sociedad de las Naciones, lo que dio ocasión a que éste pidiese al Tribunal un dictamen sobre la cuestión de saber si la parte de la decisión del Alto Comisario que era impugnada estaba fundada en derecho.

El Tribunal consideró, en contra de la decisión del Alto Comisario, que el Convenio de Octubre de 1921 figuraba en el número de las disposiciones sobre las cuales podían los funcionarios interesados fundar las acciones que intentaran ante los Tribunales de la Ciudad Libre contra la Administración polaca.

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Revista Española de Derecho Internacional – Vol. 74 2 2022

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